Las parejas de soliciten la adopción de niños en Castilla y León podrán tramitar a la vez dos adopciones, incluso una en esta comunidad y otra en el extranjero, aunque deberán optar por el primero de los menores que les sea concedido. Esta es una de las novedades de un decreto sobre adopciones aprobado ayer por el Consejo de Gobierno de Castilla y León, en su habitual reunión de los jueves en Valladolid.
La consejera de Familia, Rosa Valdeón, fue la encargada de explicar en rueda de
prensa el contenido de dos decretos sobre adopciones aprobados por el Consejo
(...). Estos decretos regulan, entre otros aspectos, el derecho del adoptado a
conocer o no su origen biológico, cuando sea mayor de edad, la gratuidad de los
trámites de adopción que facilita la Administración y la obligación de las
parejas a recibir «formación» para estar preparadas antes y después de adoptar
un niño. Respecto a la simultaneidad de dos adopciones, la consejera explicó se
podrá tramitar a la vez la adopción de un niño en Castilla y León y otro en el
extranjero, o la de dos fuera de España.
Además, se reducen los plazos entre adopción, con lo que solo se tendrá que
esperar nueves meses para adoptar otro menor su procede del extranjero y
dieciocho si es de Castilla y León, mientras que hasta ahora este plazo era de
veinticuatro meses. Rosa Valdeón destacó también que los solicitantes deberán
recibir una formación previa, antes de ser declarados como pareja idónea para
una adopción, con carácter obligatorio, ya que en la actualidad solo era
voluntario.
Asimismo, los trámites serán gratuitos para los solicitantes, para que la
capacidad económica no discrimine a unas parejas respecto a otras, y en todo
caso prevalece el derecho de adoptado a conocer o no su origen biológico,
cuando cumpla los 18 años. Valdeón aseguró que solo la normativa de Castilla-La
Mancha y de Castilla y León, esta última de forma «más exhaustiva», recogen de
una manera tan específica este derecho. De esta forma, el adoptado puede
negarse a conocer su origen biológico, aunque lo pidan sus padres naturales, o
por el contrario, tendrá derecho a conocerlo aunque no lo quieran sus
progenitores.