La
existencia de una diferencia de edad de más de 40 años entre adoptante y
adoptado ya no será impedimento para la adopción de un menor y desde ahora
prevalecerá el criterio técnico. La eliminación de este requisito es la
principal novedad del borrador redactado por el Govern balear para la
modificación del Decreto 45/2003, de 2 de mayo, por el que se regulan los
acogimientos familiares y las adopciones. El borrador está, desde hace un par
de semanas, en fase de información pública, para la presentación de
alegaciones, y podría entrar en vigor a finales de marzo. (...)
El Govern balear decidió revisar su
legislación en esta materia en respuesta a la recomendación realizada a las
Comunidades Autónomas por parte de la Comisión de Adopción Internacional creada
por el Senado en diciembre de 2003. La modificación responde también a la
demanda social existente, según reconoció la vicepresidenta del Govern, Rosa
Estaràs. La responsable del Govern declaró haber recibido «muchísimas
peticiones de asociaciones y ciudadanos de Balears que piensan que la
limitación de edad que marca el actual decreto es muy baja, más cuando ahora
con las nuevas técnicas médicas una mujer puede ser madre con más de 40 años».
«De esta forma, añadió, una mujer o un hombre de, por ejemplo, 45 años podrá
adoptar un niño pequeño, de 1 o 2 años, mientras que hasta ahora sólo podía
hacerlo si el menor tenía, al menos, cinco años». Más aún, reconoció que con la
actual legislación en la mano «se da la paradoja de que una persona adopta, por
ejemplo, a los 42 años un niño de 2 o 3 años, y que a los 44 decide adoptar a
otro menor y se lo tienen que dar de, al menos, 4 años, con lo que su segundo
hijo es mayor o como mucho igual que el primero, lo cual es un absurdo». Así,
al no existir el criterio de la edad, serán los equipos técnicos competentes de
s'Institut o de los Consells de Menorca y Eivissa-Formentera los que
determinarán la conveniencia de la adopción a pesar de que la diferencia de
edad entre el niño y el adulto sea de más de 40 años. «Prevalecerá el criterio
técnico, en función de la situación actual y futura de la familia o de la
persona que desea adoptar, siempre partiendo de la base de que el derecho
preferente es el del niño a tener una familia», aseveró Calvo.