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AEROGENERADORES: PARQUE EÓLICO EXPERIMENTAL EN ANDALUZ
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE
RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2003, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se determina el sometimiento al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto de Parque Eólico Experimental «Andaluz» en el término municipal de Berlanga de Duero (Soria),promovido por Iberenova Promociones, S.A.U.
La Consejería de Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 2.º del Decreto Legislativo 1/2000, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, d e
E valuación de Impacto A m b i e n t a l , modificado por Ley 6/2001, de 8 de mayo .
El artículo 1 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001,de 8 de mayo, establece que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental en la forma prevista en esta disposición cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.
La decisión que debe ser motivada y pública se ajustará a los criterios establecidos en el Anexo III.
El proyecto consiste en la instalación de tres aerogeneradores ,modelo G-58 de Gamesa, con una potencia unitaria de 850 KW., lo que implica una potencia total para el parque experimental de 2,55 MW. Los aerogeneradores estarán constituidos por una turbina eólica y un generador eléctrico situados en lo alto de una tor re tubular de acero de 55 m. de altura, cimentada sobre una zapata de hormigón armada. La turbina poseerá un rotor tripala situado a barlovento con un diámetro de 58 m. Además de los aerogeneradores descritos las instalaciones eléctricas necesarias son:
– Centro de transformación de cada aerogenerador, incluyendo transformador elevador BT/MT, elementos de proyección y de maniobra .
– Línea eléctrica subterránea de M.T. a 13,2 KV. , la cual se re a l i z a r á mediante zanja de 1,20 m. de profundidad y 0,60 m. de anchura ,p ara interconexión de los aerogeneradores y subestación transformadora .
– Subestación transformadora, ubicada entre los aerogeneradores A1 y A2, con los elementos necesarios para realizar la conexión de la generación a red de forma eficaz y segura. Comprenderá elementos de protección, maniobra y medida.
– Línea aérea de A.T. a 45 KV. de 7 Km. de longitud entre la subestación transformadora y el punto de conexión de la red de distribución, subestación de Berlanga de Duero.
El acceso al parque se realiza desde A n d a l u z , junto a la carretera SO-102, por el Camino del Alto de la Sierra . El núcleo urbano más cercano es Andaluz, a 600 m. de la ubicación del parque. El diseño de la instalación es en una línea, con una separación entre aerogeneradores de 100 m.
El proyecto está contemplado en el apartado h), del grupo 4, d e l Anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986,de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, referido a los «parques eólicos no incluidos en el Anexo I».
De acuerdo con las instrucciones dictadas por la Secretaría General de esta Consejería, la Ponencia Técnica Provincial de Impacto Ambiental de Soria realizó una propuesta a los efectos del cumplimiento del artículo 1 anteriormente citado.
Vista la propuesta correspondiente a este proyecto, la Consejería de Medio Ambiente re s u e l ve LA NECESIDAD DE SOMETIMIENTO al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del mismo por los motivos que se expresan a continuación, sin perjuicio del cumplimiento de otras vigentes de tipo ambiental o sectorial que sean de aplicación.
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO.
El parque proyectado es de tamaño reducido, consta de tres aerogeneradores cuya distancia entre ellos es muy reducida, sólo 100 m., subestación y línea de evacuación de energía. No existen parques eólicos instalados cercanos que puedan implicar
efectos sinérgicos con éste. Dado que el trazado de los accesos se realiza sobre trazado ex i s t e n t e, sólo será necesaria la apertura de un ramal de 150 m. hasta el aerogenerador A 1 , por lo que el movimiento de tierras no será eleva d o .
Durante la fase de funcionamiento no se producirá contaminación, y se retirarán por gestor autorizado los residuos generados por cambios de aceite de los transformadores. No se utilizará ningún tipo de sustancias peligrosas.
UBICACIÓN DEL PROYECTO.
La instalación se ubica en la parte alta del Cerro Andaluz a 1.027 m. de altura , en una zona de sensibilidad ambiental media según el D i c t a m e n Medioambiental sobre el Plan Eólico de Castilla y León, documento provincial de Soria.
El emplazamiento del parque se encuentra a tan solo 1 Km. al norte del espacio protegido propuesto como LIC «Riberas del Duero».
El cerro donde está proyectado el parque constituye una zona de cortados muy interesante como lugar de nidificación de aves rapaces.
El núcleo urbano más próximo es Andaluz a 600 m.
CARACTERÍSTICAS DEL IMPACTO.
Debido a la singularidad del entorno y la sensibilidad de algunos de los aspectos medioambientales antes señalados, junto con el impacto paisajístico que supone la instalación de estos aerogeneradores y sus infraestructuras asociadas en un cerro aislado cercano a una población , se estima que se producirán impactos que deban ser evaluados convenientemente.
Valladolid, 25 de agosto de 2003.
La Consejera,
Fdo.: M.ª JESÚS RUIZ RUIZ
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