TRABAJO No.2
bolsa de valores
comisión nacional de bancos y seguros
Bolsa Centroamericana
de Valores, S.A.
La Bolsa Centroamericana de Valores, S.A., (BCV) es una institución privada de carácter comercial que proporciona el lugar, las instalaciones físicas y las condiciones óptimas para que se lleven a cabo las negociaciones de títulos valores, tales como pagarés, bonos, certificados, acciones, reportes y otros.
En la Bolsa se reúnen, a través de sus agentes y corredores de bolsa debidamente autorizados, aquellas empresas e inversionistas que necesitan financiar su capital de trabajo a mediano y largo plazo mediante compra y venta de acciones, títulos de crédito y otros valores.
Tanto la pequeña, mediana y gran empresa tienen acceso a la Bolsa, siempre y cuando su respectiva solidez financiera interna pueda respaldar sus operaciones en la misma garantizando de tal manera, la confianza entre los inversionistas y empresarios.
La Bolsa Centroamericana de Valores, S.A., recibió autorización legal para iniciar operaciones mediante la aprobación del Acuerdo Número A.L. 0090/93, con fecha correspondiente al 1o. de febrero de 1993, emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Posteriormente, los Estatutos de la BCV fueron publicados en el Diario Oficial La Gaceta, el 5 de mayo de 1993 y el Reglamento Interno, el 6 de mayo del mismo año. Las operaciones de la Bolsa se iniciaron en el mes de septiembre de 1993 y sus instalaciones están ubicadas en el 3er. nivel del Edificio Sociedad Nacional de Inversiones, S.A. (SONISA), contiguo a la Col. Tres Caminos de esta ciudad capital. El 10 de Septiembre de 1993 inició operaciones.
Los socios accionistas de la
Bolsa conforman un grupo económico solvente y de reconocida reputación a nivel
nacional, lo cual de por sí le agrega mayor confiabilidad a la institución.
Nuestra institución califica como una sociedad eminentemente abierta y
progresiva, y además aspira a integrarse sólidamente con otras sociedades bursátiles
del área Centroamericana.
Los socios accionistas de la Bolsa de Valores son los siguientes:
La Bolsa brinda las facilidades e instalaciones necesarias para la negociación de títulos valores lo cual a su vez, genera nuevas modalidades de inversión, mecanismos para la obtención de financiamiento, además de oportunidades muy beneficiosas de capitalización de inversiones.
Las operaciones en la Bolsa generan una mayor liquidez en el mercado, una reducción en los costos de transacción, reducciones en la incertidumbre y/o riesgo de los inversionistas, acceso a tasas de rentabilidad más atractivas, simultáneamente con la generación y el registro de operaciones en el mercado de capitales y demás instrumentos de crédito.
La Bolsa inició operaciones en el mes de septiembre de 1993 y cuenta con:
El artículo No. 28 del
Reglamento Interno de la Bolsa Centroamericana de Valores, S.A. incluye los
requisitos que las empresas emisoras que deseen operar en la Bolsa deberán
cumplir. Entre otros aspectos, es necesario presentar una solicitud por escrito
del representante legal de dicha Sociedad, acompañada de la Certificación del
punto de Acta de la sesión del Consejo de Administración que haya acordado la
solicitud de inscripción de la misma, además de una copia de la escritura
constitutiva y los estatutos de la sociedad emisora, con datos de su inscripción
en el Registro Público de Comercio respectivo.
En el artículo No. 31 del
reglamento Interno de la Bolsa Centroamericana de Valores en la Bolsa deberán
cumplir. Entre éstos, se deberá presentar una solicitud por escrito del
representante legal del emisor, acompañada de la certificación del acta de la
Asamblea General de Accionistas en que se haya acordado la solicitud de inscripción
de las acciones en la Bolsa, además de los estados financieros debidamente
auditados por Contador Público independiente y otros igualmente importantes.
comisión nacional de bancos y seguros
ÓRGANO DE GOBIERNO COMPETENTE: MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
NORMATIVA BÁSICA
La Ley de Comisión Nacional de Bancos y Seguros (Decreto 155-95), de 18 de noviembre de 1995, establece que la supervisión de las Bolsas de Valores compete a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Hasta la entrada en vigor de dicha ley en 1996, la supervisión corría a cargo del Banco Central de Honduras.
Ley de Mercado de Valores, Decreto 8-01
Resolución nº 75-3/01, modificación, reordenación e incorporación de artículos al Reglamento para la Negociación de Título Valores Públicos en Condiciones de Mercado
Resolución nº 55-1/97, Reglamento para la Negociación de Títulos Valores Públicos en condiciones de Mercado
Corresponde a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, de conformidad con el Artículo 31 de su Ley, establecer los controles internos mínimos y las reglas de contabilidad que las Instituciones del Sistema Financiero deberán aplicar para el registro de sus operaciones; asimismo, le corresponde establecer las normas específicas para la publicación y presentación de cuentas, resúmenes, balances, estados de resultados y demás información financiera.
Con base en esta atribución y considerando las más modernas prácticas contables y financieras, que favorecen el buen desempeño de la gestión administrativa, esta Comisión Nacional de Bancos y Seguros ha desarrollado el presente manual de instrucciones contables para instituciones financieras, con el propósito de alcanzar los objetivos siguientes:
a) Uniformar el registro contable y la presentación de la información sobre operaciones de las Instituciones del Sistema Financiero;
b) Poner a disposición de las Instituciones del Sistema Financiero una herramienta que favorezca su administración;
c) Uniformar la confección de estados financieros;
d) Facilitar el análisis y fiscalización; y
e) Permitir la consolidación de la información económico-financiera de las Instituciones del Sistema Financiero.
Leyes
Decretos Especiales
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Última actualización: 20-Oct-2002
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