"LA SIERRECITA"                      

  ASOCIACIÓN CULTURAL                                         

Historia de la asociación Actividades Estatutos ¿Quiénes Somos? Lista de Socios

AYUDAS
La asociación se nutre de las aportaciones de los socios , de la lotería que juega para Navidad y de alguna pequeña subvención que concede la Excelentísima Diputación de Soria.

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JUNTA DIRECTIVA
Presidente

Vicepresidente

Secretario

Vocal 1

Vocal 2

Vocal 3

Vocal 4


Historia
   

A mediados de los 90, Carazuelo alcanza su plenitud en cuanto a juventud. En 1995, se podían contabilizar más de 25 jóvenes con edades comprendidas entre 15 y 30 años. Por supuesto nadie vivía en el pueblo de forma continua pues todos estudiaban o trabajaban, pero todos regresábamos por vacaciones o fines de semana.

Como es bien conocido, en el pueblo nunca ha existido un bar donde concentrarnos, pero si un lugar que llamamos "el salón" donde nos reuníamos de vez en cuando a jugar a las cartas o a ver la televisión.  Con el transcurso del tiempo, el ayuntamiento acondicionó la escuela para uso y disfrute de todos los vecinos y lo hizo muy bien. Sin saber que pasaría en el lugar, acondicionó el recinto como un lugar de ocio y esparcimiento con muebles funcionales y cómodos y con una barra de bar para las ocasiones, fiestas y celebraciones. Poco a poco la escuela se convirtió en un lugar de encuentro. ¡Me voy a la escuela!, solíamos decir en casa cuando íbamos a este lugar, allí jugamos unas partidas (si perdías pues ibas a casa a por la cerveza y las olivas), veímos la televisión o simplemente hablamos,  hablamos y hablamos porque  eso se nos ha dado muy bien en Carazuelo. Como este hecho se repetía con mucha frecuencia y no podíamos tomarnos ni un simple vaso de agua, surgió la necesidad de dotar al local con un servicio completo de bar con sus cervezas, sus aperitivos y las chucherías de los más pequeños. En seguida cuajo la idea y se propuso reunir un dinero para lo más elemental, cámara frigorífica unos armarios y suministro. Se consideró que sería suficiente 5000 pts. por matrimonio y 2500 pts. individual y así surgió la primera lista de colaboradores, unos 20 en total que sería el embrión de la futura asociación. De inmediato, se empezó a unir el resto, jóvenes y no tan jóvenes pues la idea gustaba por lo novedoso y la comodidad de disponer de un servicio más para el pueblo.

En el verano de 1998, la sociedad estaba sólidamente constituida y funcionaba de forma autónoma, sin necesidad de establecer normas de funcionamiento ni por supuesto turnos de servicio. Funcionaba simplemente por el buen entendimiento y los lazos de amistad que une al pueblo, no tiene encargado, todos disponemos de llave y todos somos clientes y camareros cuando surge la ocasión. Esto animó a realizar algunas actividades en fiestas y celebraciones para contribuir a dar vida al pueblo. El buen hacer y los deseos de revitalizar la pequeña comunidad de Carazuelo aunque sólo fuese en verano fueron los  causantes de que hoy exista la "asociación cultural".

Las primeras reuniones para constituirnos como asociación fueron las mas duras, necesitábamos estatutos, un nombre y sobre todo un registro en la Junta de Castilla y León. Con la ayuda de nuestros amigos de Martialay pronto pusimos en marcha el proyecto, ellos ya lo tenían. Aprobamos unos estatutos buscamos un nombre , ASOCIACIÓN CULTURAL " LA SIERRECITA"  y registramos dicha asociación para su legalidad. Hoy gracias al empeño y el esfuerzo desinteresado de jóvenes como Amancio, Diego, Mª Carmen, José Ángel, Ana y otros más, disfrutamos de esta sociedad que nos une y que nos hace sentirnos mas CARAZUELINOS .

Historia

Prácticamente la totalidad del pueblo forma parte de esta asociación. La persona con mayor edad pasa de los 80 años y la mas joven no llega a los 3 años. El pasado año 2003 se dieron de alta como socios dos niños, uno con 2 años y otro recién nacido lo que da una idea del entusiasmo que suscita pertenecer a un grupo de personas que sin vivir en el pueblo, lo sienten muy cerca y desean organizarse para crear vida e ilusión.

Los fines con los que se fundó esta asociación están perfectamente recogidos en los estatutos, pero su principal objetivo se puede resumir en una sola frase: "La convivencia une" y esas son la mejores  virtudes que un pueblo puede tener unión y convivencia.

Forman parte de esta asociación Agricultores en Carazuelo, Funcionarios en Soria, Ingenieros en Cataluña, Profesores por Burgos, Soria, Zaragoza y Barcelona. También hay Militares en Burgos, Funcionarios por Guadalajara, Madrid y Barcelona, Médicos por Andalucía, Autónomos por La Rioja, Madrid, Barcelona. Trabajadores por cuenta ajena distribuidos por estas ciudades nombradas y otras que seguro que me  olvido y también muchos estudiantes. No puede faltar la referencia a los jubilados que también son muchos, prácticamente todos los que han contribuido a formar las generaciones que hoy poblamos las provincias mencionadas.

Historia

Como toda asociación que se precie, La asociación cultural "La Sierrecita", tiene unos estatutos que recogen las reglas generales de funcionamiento y los objetivos que pretende. A continuación aparecen estos estatutos íntegros con todos los artículos para conocimiento general de todos.

 

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN "LA SIERRECITA" CARAZUELO ( SORIA )

CAPITULO PRELIMINAR

Artículo 1°.

 

Con el nombre de LA SIERRECITA, se crea una Asociación con carácter civil sin animo de lucro, cuyos fines y objetivos se determinan en los artículos 3° y 4° de los Estatutos. Esta Asociación tendrá, con arreglo a las leyes, personalidad jurídica propia y gozara de capacidad de obrar plena

Artículo 2°.

La actuación de la Asociación se ajustara al art. 22 de la Constitución Española, de 29-12-1978, a los presentes estatutos, a lo dispuesto en la Ley de Asociaciones, de 24 de diciembre de 1964, y normas complementarias de la misma.

 

CAPITULO PRIMERO :OBJETO SOCIAL Y FINES ESPECÍFICOS DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 3°.

Son fines de esta Asociación:

  • Fomentar la integración de la población.

  • Estimular el asociacionismo.

  • Aumentar el interés de la comunidad por las actividades de ocio y cultura.

  • Mantener y recuperar tradiciones y costumbres del lugar.

  • Crear, mantener y mejorar las actividades y servicios locales.

  • Preservación y mejora del entorno.

  • Elevar la calidad de vida

Artículo 4°.

 

Para la consecución de sus fines la Asociación realizara las siguientes actividades:

  • Programación y partición en encuentros, charlas, cursos, reuniones que susciten el interés de la Asociación.

  • Acercar actividades culturales a los asociados,(espectáculos, actuaciones, exposiciones).

  •  Promover la ejecución de diferentes obras para la mejora del entorno.

  • Organizar salidas y excursiones para visitar lugares que despierten interés

CAPITULO SEGUNDO:DEL DOMICILIO DE LA ASOCIACIÓN

 

Artículo 5°.

Esta Asociación tendrá su domicilio en esta Provincia de Soria, Municipio de Candilichera, Localidad de CARAZUELO, C/La Plaza s/n, C.P. 42134.

La Asamblea General de la Asociación, a propuesta de la Junta Directiva, podrá acordar el traslado de domicilio dentro de la zona de ámbito territorial.

 

CAPITULO TERCERO:DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE ACCIÓN PREVISTO PARA LA ASOCIACIÓN

Artículo 6°.

El ámbito de acción territorial previsto para la Asociación es local: CARAZUELO (SORIA)

CAPITULO CUARTO

A) Admisión

Artículo 7°.

Para ingresar en la Asociación con el carácter de asociados de pleno derecho, se considera requisito indispensable el ser persona física, mayor de edad, con capacidad de obrar, estar identificado con los fines de esta Asociación, en su caso, el pago de la cuota de ingreso que este estipulada.

Artículo 8°.

El ingreso sé efectuara mediante solicitud del interesado con justificación declaración de las circunstancias señaladas en el articulo anterior, dirigido a la Junta Directiva que la examinara y decidirá sobre su presentación a la Asamblea General para su admisión definitiva exigiendo, en su caso, el ingreso de la cuota de entrada.

 Artículo 9°.

La condición de asociado no es transferible por ningún concepto.

B)    Baja.

Artículo 10°.

El asociado causara baja en los siguientes casos:

  1. Por voluntad propia, mediante escrito, dirigido a la Junta

  2. En caso de muerte, incapacidad, declaración de ausencia, perdida de los derechos civiles, o cualquier otra causa legal que determine la baja automática.

  3. Por acuerdo de expulsión de la Asociación, que adoptara la Asamblea General, basándose en causas suficientes para tal acción.

 C) Derechos.

Artículo 11.

Son derechos de los asociados:

  1.  Asistir con voz y voto a las reuniones de la Asamblea General.

  2.  Ser elegibles para los cargos de la Junta Directiva.

  3. Solicitar de la Junta Directiva cuantas aclaraciones e informes consideren convenientes sobre el estado de administración y contabilidad de la Asociación, en cualquier momento y mediante instancia razonada y suscrita por una tercera parte de los asociados o directamente por cualquier de ellos, en las reuniones de la Asamblea General.

  4. La instancia o la interpelación antes aludidas deberán dirigirse al Presidente debiéndose dar respuesta a ella en un plazo máximo de15 días hábiles.  

  5. Utilizar el local y bienes de la Asociación de la Asociación.

D) Deberes

Artículo 12.

Es obligación de los asociados:

  1. Acatar los Estatutos y respetar las decisiones que apruebe la Asamblea General.

  2. Satisfacer aquellas cuotas o pagos que figuran en los Estatutos así como las que pueden ser fijadas ulteriormente por la Asamblea General.

  3. Desempeñar, una vez aceptados los cargos asociativos.

  4. Asistir a los actos asociativos para los que sean convocados.

CAPITULO QUINTO:ÓRGANOS DIRECTIVOS

 Artículo 13.

La Asociación estará regida al menos por:

  1.  La Asamblea General.

  2. La Junta directiva o comisión Permanente, integrada, al menos, por: Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Vocales

ASAMBLEA GENERAL

Artículo 14.

El órgano supremo de la Asociación, será la Asamblea General, integrada por todos los asociados, la cual se reunirá necesariamente en sesión ordinaria una vez, al menos, pudiendo reunirse en forma extraordinaria en los casos previstos en los artículos siguientes:

A) Sesión Ordinaria.

Artículo 15.

Se celebrara, previa convocatoria, el día 15 de Agosto.

En la misma se tratara fundamentalmente, de los siguientes temas:

  • Aprobación de las cuentas del ejercicio anterior.

  • Aprobación del presupuesto para el ejercicio que comience.

  • Revisión de la cuota anual de los asociados si se estima pertinente.

  • Aprobación de la memoria de actividades.

 B) Sesión Extraordinaria.

 Artículo 16.

Podrá ser convocada por el Presidente o por quien desempeña sus funciones, por la Junta Directiva o a instancia razonada de un mínimo del 10% De los asociados, dirigiéndose esta al Presidente. Será necesaria la convocatoria de la misma para:

  1.  Disposición o enajenación de bienes.

  2. Nombramiento de la Junta Directiva.

  3.  Altas y Bajas de los asociados, si no hubiera sido atribuida la competencia sobre admisión a la Junta Directiva.

  4. Expulsiones de los mismos.

  5. Modificación de los Estatutos.

  6. Disolución de la Asociación.

  C)  Convocatoria y Constitución.

Artículo 17.

La Asamblea General será convocada, en todo caso, por el Presidente de la Junta Directiva, tanto en sesión ordinaria como extraordinaria. En la convocatoria se consignara necesariamente el Orden del día, en que habrá de figurar la aprobación, en su caso, del Acta de la sesión anterior.

La Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria, quedara validamente constituida, en primera convocatoria, cuando concurran a ella, presentes o representantes, la mayoría simple de los asociados, y en segunda convocatoria, cualquiera de asociados concurrentes.

Salvo que existan razones extraordinarias que justifiquen la urgencia, entre la convocatoria y el día señalado para la celebración, habrán de mediar, al menos, quince días, procediéndose se reunirá la Asamblea General en segunda convocatoria sin que entre una y otra reunión pueda mediar un plazo inferior a veinticuatro horas.

En el supuesto de que no se hubiera previsto en el anuncio la fecha de la segunda convocatoria, deberá ésta ser hecha con 48 horas, de antelación de la fecha de la reunión.

La convocatoria de sesiones extraordinarias, por razones de urgencia, se llevara a cabo con la antelación que las circunstancias permitan debiendo garantizarse la citación previa a todos y cada uno de los componentes del órgano a convocar.

 

 D)    Adopción de acuerdos.

Artículo 18.

 Los acuerdos de la Asamblea general serán adoptados de conformidad con los siguientes principios:

Por mayoría simple de los asistentes a la misma, una vez validamente constituida, según el articulo anterior, y

Por mayoría absoluta de los asociados, en los casos contemplados en los puntos 1, 4 y 6 del párrafo 2° del articulo 16, en votación secreta de la Asamblea en el curso de una sesión extraordinaria.

  E)      Facultades de la Asamblea

Artículo 19.

 Corresponde a la Asamblea convocada con carácter ordinario:

  1. Adoptar las cuentas del ejercicio anterior.

  2. Aprobar el presupuesto para el ejercicio que comience.

  3. Fijar la cuota anual de los asociados, si se estiman pertinente.

  4. Exponer las actividades desarrolladas en el ejercicio que termine y aprobar las que pretenda realizarse en el nuevo.

  Artículo 20.

 Corresponde a la Asamblea convocada con carácter Extraordinario:

  1. Adoptar los acuerdos sobre las materias determinadas en él párrafo 2°. del articulo 16 de estos Estatutos.

  2. Decidir sobre cualquier otro asunto que haya sido propuesto solicitando la convocatoria, por un mínimo de 10% de los asociados, mediante solicitud dirigida al Presidente

JUNTA DIRECTIVA

Artículo 21.

 La Junta Directiva es el órgano ejecutivo, rector y gestor de la Asociación, debiendo rendir cuentas de actuación ante la Asamblea General, bien en sesión ordinaria, bien en sesión extraordinaria cuando lo solicite, en este último caso, un mínimo del 10% de los asociados, en propuesta razonada dirigida al Presidente.

 A) Composición

 Artículo 22.

 La Junta Directiva estará integrada, al menos por:

  • Un Presidente

  • Un Vicepresidente.

  • Un Secretario.

  • Un Tesorero.

  • Los Vocales, en numero de dos.

 En los casos de ausencia o enfermedad del Presidente, desempeñaran sus funciones, con análogas atribuciones, el Vicepresidente, y en su defecto, el vocal más antiguo como miembro de la Asociación yel de mas edad, en caso de igual antigüedad.

  B)     Elección.

 Artículo 23.

La elección para designar los distintos cargos de la Directiva se realizara en Asamblea General, en sesión extraordinaria, por mayoría de votos, por el sistema de votación.

C)    Carácter de los cargos.

Artículo 24.

 Los miembros de la Junta Directiva desempeñaran su cargo con carácter absolutamente gratuito

E) Plazo de ejercicio de los cargos.

Artículo 25.

 Los miembros de la Junta Directiva serán designados por un plazo de un año siendo reelegibles por un año.

 F) Funciones de la Junta Directiva

Artículo 26.

 Corresponde a la Junta Directiva

  1. Representar a la Asociación.

  2. Cumplir y hacer cumplir las normas estatutarias.

  3. Redactar la memoria anual.

  4. Confeccionar y presentar a examen y aprobación de la Asamblea General, en su caso, el balance y presupuesto anual de ingres gastos.

  5. Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.  

  6. Administrar los fondos y patrimonio de la Asociación con el de I celo.

  7. Proponer la baja del asociado que no cumpla con sus obligaciones a Asamblea General.

  8.  Desarrollar cuantas actividades y gestiones tiendan o contri: al cumplimiento de los fines de esta Asociación.

  9. Presentación de presuntos nuevos asociados a la Asamblea General para su admisión, en el supuesto de que sea competencia de aquella o inscribir los socios de nuevo ingreso.

 G) Funciones del Presidente.

Artículo 27.

 Corresponde al Presidente:

  1. Ostentar la representación de la Asociación, sin perjuicio competencias de la Junta Directiva.

  2. Representar a la Asociación en juicio y fuera de él, en el las facultades conferidas por la Asamblea o la Junta Directiva

  3. Fijar el Orden del día.

  4. Ordenar los pagos que sean procedentes

  5. Firmar con el Tesorero los cheques, recibos y otros documentos análogos.

  6. Autorizar con su V°. B°. las Actas levantadas por el Secretario.

  7. Actuar de moderador en Asambleas Generales y reuniones de la Junta Directiva.

  8.  Ostentar el voto de calidad, para decidir con el mismo, en caso de que se produjese empate en las votaciones celebradas para resolver asuntos examinados por la Junta Directiva, validamente constituida en sesión.

 H) Funciones del Secretario.

Artículo 28.

Corresponde al Secretario:

  1. Actuar como tal en las reuniones, tanto de la Junta Directiva como de la Asamblea General, levantando las actas oportunas y dar fe de los acuerdos adoptados.

  2. Asistir al Presidente para redactar el orden del día y cursar la' convocatorias.

  3. Llevar los libros, registros y ficheros a que hace referencia articulo 3°.

  4. Redactar la memoria anual.

  5. Custodiar el archivo de la Asociación.

  6. Funciones del Tesorero

Artículo 29.

Corresponde al Tesorero:

  1. Custodiar los fondos de la Asociación, respondiendo de cantidades de que se haya hecho cargo, conservando en aquellas que la Junta Directiva estime oportunas par desenvolvimiento normal de la Asociación, ingresando e demás entidades Bancarias o de Ahorro y Crédito en c/c habilitada a nombre de la Asociación de la que no se podrán extraer fondos salvo por cheques, talones o transferencias autorizadas Presidente o quien haga sus veces y el Tesorero, quienes firmen los documentos correspondientes.

  2. Hacerse cargo de las cantidades que ingrese la Asociación, archivando los libramientos que se hagan efectivos c justificantes.

  3. Llevar la hoja de cuentas corrientes con la entidad banca ahorro respectiva

  4. Satisfacerlos libramientos extendidos por orden del presidente.

  5. Entregar dentro de los cinco primeros días al presidente un extracto de pagos e ingresos ....

  6. Intervenir en todas las operaciones.......

  7. Ficheros y libros.

 

Artículo 30

 

Artículo 31

 

L)    Constitución valida.

 

Artículo 32.

 Para que la Junta Directiva quede validamente constituida en sesión se requiere la asistencia, al menos, de cuatro de sus miembros, en primera convocatoria.

De no llegarse a ese numero de asistentes, se reunirá la Junta en segunda convocatoria, al menos una hora después, siendo validos los acuerdos adoptados en ella, siempre que asistan a la misma tres, al menos de sus miembros y entre ellos figure el Presidente, o el Vicepresidente si sustituye a aquel y el Secretario.

  M)      Adopción de acuerdos.

Artículo 33.

 La Junta Directiva, validamente constituida, adoptará sus acuerdos con mayoría simple de los asistentes.

En caso de empate a votos, decidirá el voto de calidad del Presidente o Vicepresidente en ausencia del anterior.

CAPITULO SEXTO: IMPUGNACIÓN DE LOS ACUERDOS

Artículo 34.

Los asociados podrán impugnar, ante la Jurisdicción Ordinaria con arreglo a lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, los acuerdos y

actuaciones de la Asamblea General que sean contrarios al Ordenamiento Jurídico.

Los acuerdos y actuaciones de las Asociaciones que sean contrarios a los Estatutos podrán ser suspendidos o anulados por la Autoridad Judicial, a instancia de parte interesad o del ministerio fiscal

 

CAPITULO SÉPTIMO: FORMA DE ADMINISTRACIÓN.

Artículo 35.

 La Junta Directiva es el órgano de la Asociación a quien corresponda la gestión economía de la misma.

Dentro de dicha Junta se formara la Comisión Económica, integrada por el Presidente, el Secretario y el Tesorero, encargada específicamente d administración y gestión de fondos y patrimonio de la Asociación.

Artículo 36.

 La Junta Directiva tendrá al día y a disposición de los asociados que así lo soliciten, los libros de registro, actas y contabilidad, así como ficheros que se refiere el articulo 30 de estos Estatutos, con cargo al Secretario, según el art. 28.

 Artículo 37.

 Los pagos que deben hacerse con cargo a la Asociación deberán ser ordenados por el Presidente, quien firmara los cheques, recibos y documentos análogos, junto con el Tesorero.

Artículo 38.

 La comisión económica formulara anualmente y con referencia de diciembre, el inventario y el balance expresivos de la situación económica de la Asociación que deberán ser sometidos al examen y aprobación, en caso, de la Asamblea General Ordinaria, observando lo dispuesto en el 2 11.5 del Decreto de 1.965

 

CAPITULO OCTAVO: PATRIMONIO FUNDACIONAL Y PRESUPUESTO ANUAL

Artículo 39.

 La Asociación carece de un patrimonio fundacional. El presupuesto anual inicial es de 100.000 pesetas.

 

CAPITULO NOVENO: RECURSOS ECONÓMICOS

Artículo 40.

 Para el cumplimiento de sus fines, la Asociación se valdrá de los siguientes recursos económicos.

  1. De las aportaciones obligatorias y voluntarias a la Asociación.

  2. De las subvenciones que, en su caso, puedan obtenerse oficialmente.

  3.  De las donaciones y liberalidades que puedan recibirse a favor de la Asociación, con sujeción, en todo caso, a lo dispuesto en esta materia por la Ley de Asociaciones de 24 de Diciembre de1.964

CAPITULO DÉCIMO:DISOLUCIÓN

Artículo 41.

 La Asociación se disolverá por voluntad de los socios, en decisión de La Asamblea General Extraordinaria, por las causas establecidas en el 39 del Código Civil y por sentencia judicial.

 

CAPITULO UNDÉCIMO:APLICACIONES DEL PATRIMONIO ASOCIATIVO, EN CASO DE DDISOLUCIÓN

Artículo 42.

 Disuelta la Asociación, en su caso, su patrimonio se destinar Institucionales, benéficos o similares a los suyos propios, encargando cumplimiento a este precepto la comisión económica integrada en la Directiva previo al pertinente acuerdo de la Asamblea General, conevocatoria sesión extraordinaria

 

CAPITULO DUODÉCIMO : INTERPRETACIONES DE LOS ESTATUTOS, CUESTIONES NO PREVISTAS

 

Artículo 43.

 La Junta Directiva quedará facultada para interpretar los presentes Estatutos y para resolver cualquier cuestión no prevista en los mismos, dando cuenta a la primera Asamblea General que se celebre posteriormente, para su ratificación si procede.

Historia

Dentro de este apartado, señalaremos las actividades que tradicionalmente se vienen realizando desde la fundación de esta asociación, destacando por su relevancia y el entusiasmo con el que se acoge, la verbena de  San Justo y la Excursión de Verano. Tanto una como otra, son actividades que gusta realizar y que se mantendrán siempre que sea posible.

También se realizan unas jornadas festivas en Navidad en las que se procura reunir a las pocas personas que para esas fechas están en el pueblo y celebrar alrededor de la Hoguera la entrada del día 25 Navidad. Esta tradición no puedo fecharla puesto que no se conocen los orígenes, pero se sabe que ya nuestros padres tenían la costumbre de encender la noche del 24 al 25 de diciembre una hoguera en la plaza del pueblo. En estos momentos las jornadas consisten en realizar excursiones por las rutas del pueblo, proyección de alguna película actual para niños y mayores, juegos de cartas, chocolate con churros y buenas meriendas.

En verano, siempre que ha sido posible, se han realizado actividades culturales como cursillos, talleres y charlas sobre temas de actualidad, siempre con las limitaciones que impone el carecer de presupuesto para realizar cosas mas ambiciosas.

Historia

 

 Nº SOCIO SOCIO FECHA DE ALTA
1 ARIADNA GARCÉS  15/08/1998
2 ALMUDENA GARCÍA 15/08/1998
3 AMANCIO GARCÍA 15/08/1998
4 ALFONSO GARCÍA 15/08/1998
5 J. ABEL MARTINEZ  15/08/1998
6 IRENE GARCÍA   15/08/1998
7 TERENCIO GARCÍA  15/08/1998
8 ÁNGEL GARCÉS   16/08/1998
9 FELICITAS MARTÍNEZ 16/08/1998
10 URSULA MARTÍNEZ 16/08/1998
11 LEOVIGILDO RECIO  17/08/1998
12 AURORA MORALES 17/08/1998
13 DIEGO SERRANO  17/08/1998
14 ELENA SERRANO  17/08/1998
15 J. CARLOS GARCÍA  17/08/1998
16 ELIA GARCÍA  17/08/1998
17 JOSÉ Mª MARTÍNEZ  17/08/1998
18 MONTSERRAT MARTÍNEZ  17/08/1998
19 BEGOÑA MARTÍNEZ  17/08/1998
20 ALICIA SERRANO 18/08/1998
21 JESÚS DELGADO  18/08/1998
22 Mª DEL CARMEN GARCÍA  18/08/1998
23 EULOGIO DÍEZ   16/08/1998
24 PASCUALA MARÍN  19/08/1998
25 JOSÉ LUIS SERRANO  19/08/1998
26 CONCEPCIÓN GARCÉS  20/08/1998
27 JOSÉ LUIS MÁLAGA  20/08/1998
28 JESÚS GÓMEZ  20/08/1998
29 ANA Mª GARCÉS  20/08/1998
30 JOSÉ ÁNGEL GARCÍA  21/08/1998
31 TERESA MILLÁN  21/08/1998
32 JAVIER LENGUAS  22/08/1998
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