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Compendio de Bioética
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Robert Spaemann,
en el VII Congreso católicos y vida pública (Madrid, 18-19 de noviembre de 2005)
Homosexualidad
Que un hombre, como
también un animal, no responda a la fuerza de atracción sexual del otro sexo es
claramente un defecto biológico, como aparece también en el resto de la
naturaleza, un fallo de la naturaleza, como escribía Aristóteles. Pues
la supervivencia del género humano descansa en esta fuerza de atracción. Si un
hombre que sufre este defecto e inclina sus tendencias sexuales al propio sexo,
sigue o no esta tendencia, es una cuestión moral, que no debe interesar al legislador
estatal. El Estado no tiene nada que buscar en los dormitorios, excepto en caso
de violación o corrupción de menores. Pero el Estado sí tiene un legítimo
interés en que esta tendencia no se extienda, por la propaganda o por una
pedagogía correspondiente, más allá de los que ya tienen esta disposición. Ante
todo, contradice completamente a la razón institucionalizar de alguna manera
uniones de este género y acercarlas a lo que es el matrimonio. El interés
público en la institución de la unión permanente de dos personas de diferente
sexo está relacionado, naturalmente, con que de esta unión pueden provenir
niños, y normalmente vienen. Si no, también podrían casarse los hermanos. Y no
se encuentra realmente motivo alguno por el que la comunidad de vida, por
ejemplo, de un párroco y su hermana, que cuida la casa, no pueda ser una
institución jurídicamente privilegiada, como también una comunidad de tres
personas, o un matrimonio entre tres, una pequeña comunidad de vida religiosa o
la convivencia de un pequeño círculo de amigos del mismo sexo. Que la comunidad
de vida privilegiada públicamente tenga que ser sexual, que no pueda
establecerse entre parientes, etc., que existan todas estas restricciones se
basa en una imitación del matrimonio que no puede fundamentarse ya con ningún
argumento racional. Que alguien se vaya a la cama con otra persona, sólo es de
interés público en relación con los eventuales niños que pueden provenir de
este género de unión.
Completamente absurdo es
ya que se otorgue a parejas semejantes el derecho a la adopción de niños. Esto
esconde un individualismo craso, según el cual los niños existen para
satisfacción de los padres. La única pregunta legítima, ¿qué es lo mejor
para los niños?, pasa a segundo plano. Nada justifica aceptar que para
estos niños, que ya tienen el difícil destino de no poder crecer con los
propios padres naturales, sea indiferente si pueden experimentar el ser hombres
desde el inicio en la forma dual y polar de los dos sexos, es decir, en la
forma plena, o han de hacerlo en la forma reducida de una comunidad homosexual.
Que sea una suerte adquirir un carácter homosexual
creciendo en una comunidad homosexual, no querrá decirlo nadie en serio. Tras
esta exigencia hay un ataque de principio contra algo que pertenece
esencialmente a la vida, la normalidad. Y además una normalidad no arbitraria,
sino caracterizada por la naturaleza específica de una especie.