|
CONNOTACIONES DE CARACTER ECONOMICO.
Una de las cuestiones que más frecuentemente se suscitan
en las conversaciones que se mantienen sobre la conveniencia o
no de la declaración de las ciudades de Ubeda y Baeza como Patrimonio de la Humanidad, es si esta declaración podría suponer alguna dificultad o impedir el desarrollo económico de las dos ciudades ya que, se argumenta, al ser mayor la exigencia de
protección y de conservación de sus cascos históricos habría más impedimentos para ciertas actuaciones urbanísticas y de otro tipo.
La cuestión puede ser abordada desde diversos puntos de vista.
En primer lugar, se ha de aclarar que la declaración por
la UNESCO de un bien cultural o un bien natural como "Patrimonio
de la Humanidad" viene a suponer - ni más ni menos
- el reconocimiento del "valor universal excepcional"
que ese bien tiene según las condiciones de autenticidad
e integridad que la misma UNESCO establece.Con esa declaración
ese bien cultural o natural entra a formar parte de los bienes
inestimables e irremplazables no sólo de cada nación
sino de la humanidad entera, y, por tanto, "la pérdida
por deterioro o desaparición de estos bienes especialmente
preciosos constituye un empobrecimiento del patrimonio de todos
los pueblos del mundo ".
Estrictamente considerada, pues, la declaración por la
UNESCO de un bien natural o de un bien cultural como Patrimonio
de la Humanidad no es una figura más ni legal ni técnica
de protección o conservación de ese bien, sino
sólo un reconocimiento de su valor universal excepcional. La UNESCO antes de proceder a la declaración requiere del Estado que la solicita las normas jurídicas, las medidas concretas que ha establecido previamente para la conservación y protección del bien cuya declaración se solicita así como que la población esté sensibilizada
sobre la parte de responsabilidad que comparte con el Estado
miembro en cuanto a la conservación.
Pero, aunque la declaración por la UNESCO de un bien
cultural o de un bien natural como Patrimonio de la Humanidad
no sea ninguna medida encaminada directa e inmediatamente
a la protección o la conservación de ese bien cultural
o natural, viene, por su parte, a reforzar las medidas de protección
y conservación previamente adoptadas; a vigilar y controlar
su cumplimiento y a colaborar y ayudar en las medidas técnicas
concretas que sea preciso adoptar para que el ese bien declarado
Patrimonio de la Humanidad conserve las cualidades y condiciones
que lo han convertido en un bien de "valor universal excepcional".
En relación, pues, con la pregunta planteada al principio
sobre si la declaración por la UNESCO de los cascos históricos de las ciudades de Ubeda y Baeza como Patrimonio de la Humanidad puede impedir o dificultar el desarrollo económico de ambas ciudades podemos ya extraer la primera conclusión y afirmar que,
en todo caso, esa declaración no sólo no
lo impedirá, sino que contribuirá y ayudará
al desarrollo económico de dichas ciudades al exigir y contribuir
a la adopción de cuantas medidas sean necesarias para
la protección, conservación y puesta en valor de esos bienes declarados Patrimonio de la Humanidad.
No es un error afirmar que ya el hecho de emprender los trabajos para presentar la solicitud
de declaración ante la UNESCO y las muchas actividades que ello conlleva son una puesta
en valor de ambas ciudades las cuales pueden ya empezar a ser un centro de atracción, de visita, de estancia, de conocimiento... y que todo ello, de alguna forma, puede contribuir a su desarrollo
económico, a la emergencia de nuevas actividades, e incluso a la creación de nuevos empleos...
El Plan General de Bienes Culturales de Andalucía 1996-2000 establece, en su apartado primero, dedicado al PATRIMONIO COMO FACTOR DE DESARROLLO, lo siguiente:
"En el contexto local, especialmente en Andalucía, el patrimonio cultural en su integración con el natural, es uno de los recursos básicos, abundantes y con una clara tendencia al alza en su demanda, tanto interna -entendida ésta como la demanda de los habitantes de cada territorio y los del conjunto de la región-, como externa, lo que debe ser aprovechado en toda y cada una de las iniciativas locales de desarrollo".
"..., el patrimonio es el recurso fundamental en el proceso de desarrollo, individual y colectivo, y su reconocimiento es básico para valorarlo y utilizarlo correctamente".
"La Administración (andaluza) ha comenzado a asumir el patrimonio como un factor de desarrollo y esto significa encontrar vías para integrar y equiparar la política sobre este patrimonio cultural a otras políticas de desarrollo regional, adoptando además una perspectiva territorial en su gestión que permita su descentralización y el protagonismo de la escala local".
"El patrimonio cultural no puede ser percibido como una fuente permanente de déficit público. Al contrario, debe tener un papel decisivo como dinamizador económico, especialmente en relación con el turismo. En este sentido, debe ser tratado como un elemento clave en la definición de proyectos integrales de promoción y desarrollo territorial. Mediante estas vías, el patrimonio puede orientarse hacia la generación de recursos y tender a la autofinanciación, ya que se abren nuevas oportunidades para generar ingresos que pueden ser reinvertidos en conservación, investigación, difusión y en puesta en valor".
Según estos principios el patrimonio cultural y natural es un factor decisivo de desarrollo local y uno de los más importantes "yacimientos de empleo".
Por lo tanto, la inclusión de las ciudades renacentistas de UBEDA y BAEZA entre los bienes de " excepcional valor universal" va a ser, sin duda alguna, un factor que contribuya a su desarrollo económico.
|