Son peligrosas, y temibles, las tormentas de
verano. Cuando los frutos están en pleno desarrollo o a punto de ser
recogidos, una repentina nubada puede llevarse por delante el trabajo y
las ganancias de todo el año. El repique de campanas, las invocaciones a
Santa Bárbara o el encendido de una vela eran, en otros tiempos, recursos
habituales para ahuyentar las tormentas. Recuerdo al Sr. Saturio,
sacristán de Villaquejida, subido a la vieja torre tocando las campanas en
plena descarga de rayos y truenos. No sé si pasaría miedo el Sr. Saturio
allá arriba, solo frente a la tormenta. Lo que sí sé es que el tañido de
las campanas producía un cierto alivio en el vecindario. Y, efectivamente,
en la mayor parte de los casos, la tormenta se alejaba sin dejar graves
daños en el campo.
No ocurrió así la tarde del 22 de junio de 1904, de cinco a siete. A pesar
del tañido de las campanas, de las súplicas a Santa Bárbara y de las
muchas velas encendidas, una fuerte “lluvia de pedriscos” cayó sobre
Villaquejida, Villafer y pueblos limítrofes, destrozando sembrados y
viñedo en algunos pagos de estas localidades. Los Ayuntamientos de
Villaquejida y Villafer se reunieron en sendas sesiones
extraordinarias, celebradas en ambos casos cuatro días después, para
acordar medidas urgentes que paliaran, al menos en parte, los daños
ocasionados. Previa instrucción de los correspondientes informes, acuerdan
solicitar “el oportuno auxilio para los damnificados como así bien la
condonación o moratoria de las contribuciones en su caso por dos o más
años”. No tengo constancia de los resultados de estas peticiones. En
cualquier caso, el pedrisco del 22 de junio de 1904 dejó un triste y
dramático recuerdo en las gentes de Villaquejida y Villafer.
Para quienes deseen conocer más a fondo las actuaciones de los
Ayuntamientos de Villaquejida y Villafer con motivo de la tormenta de
pedrisco del 22 de junio de 1904, les ofrecemos una copia de las sesiones
en que se habla del tema.
Feliciano Martínez Redondo
Villaquejida
Sesión ordinaria del día 26 de junio de 1904. El Alcalde dio cuenta
a la Corporación de haber dado permiso a los pastores para que los ganados
que custodian entraran a pastar desde el día veintitrés del corriente en
la pradera del común llamada la Isla fundándose para ello en que con
motivo de las nubadas y pedriscos del día 22 se hacía preciso concederles
tal permiso para atender a la subsistencia de tal ganadería. Igualmente se
acordó que el Sr. Presidente ponga en conocimiento del Sr. Gobernador
Civil de la provincia los daños y perjuicios ocasionados en este término
por la piedra que cayó en la nubada del día 22 del actual.
El Alcalde, Miguel Fernández García. El Secretario, Florentino Cadenas
Lozano.
Sesión extraordinaria del Ayuntamiento y Junta pericial del día 26 de
junio de 1904. Objeto: acordar lo que en derecho proceda respecto a
los daños y perjuicios ocasionados en los sembrados y viñedo de este
término por consecuencia de la lluvia de pedriscos que tuvo lugar el día
veintidós del corriente de cinco a siete de la tarde toda vez que los
perjuicios que se notaban en las fincas de los humildes labradores de esta
villa eran de consideración por lo que hacía a las radicantes en los
distintos pagos de la Vega, Pedernales, Camino Blanco, Barrillino,
Campillo y la Calera puesto que a su juicio consideraba perdida en su
totalidad la cosecha de servendos o legumbres, cebada que estaba por segar
y viñedo, suponiendo también casi perdida la de trigo que contenían las
fincas radicantes en los pagos en que ocurrió el siniestro, por cuyas
razones se estaba en el caso de impetrar del Gobierno de S.M. el oportuno
auxilio para los damnificados como así bien la condonación o moratoria de
las contribuciones en su caso por dos o más años de las que corresponden
en el presente año y primero y segundo trimestre del próximo, pues todo se
hacía de absoluta necesidad para la mayoría de los perjudicados en la
desgraciada catástrofe. (...) Discutido ampliamente el asunto, por
unanimidad los señores concejales e individuos de la Junta pericial
acordaron lo siguiente: 1º Que se instruya el oportuno expediente en
justificación de los daños irrogados por el pedrisco aludido a todos
aquellos cultivadores a quienes alcanza tan terrible desgracia sin
distinción de clases y personas con arreglo a las disposiciones vigentes.
2º Que el Sr. Alcalde designe de entre los vecinos de esta villa que no
han sido perjudicados con el pedrisco los tres testigos que han de
declarar en el expediente, como así bien tres peritos prácticos que
auxiliados por el Secretario del Ayuntamiento formen la relación de los
contribuyentes damnificados y justiprecien las pérdidas que a cada uno se
le han irrogado toda vez que no existen en esta población peritos
agrónomos. 3º Que se fije un edicto al público de esta villa igualmente
que en la de Villamandos y Cimanes de la Vega como pueblos limítrofes para
que los contribuyentes perjudicados presenten a los peritos que sean
nombrados relación de las fincas cuyos frutos hayan sido destrozados con
expresión de su cabida y especies que contenían el día del siniestro y que
además indiquen a dichos peritos el sitio en que radican las fincas
dándoles cuantos detalles y noticias juzguen éstos convenientes para su
mejor y legal desempeño. Y 4º Que practicadas que sean todas las
diligencias expresadas se dé traslado del expediente a los vecinos de los
pueblos de Villamandos y Cimanes para que depongan ante el Sr. Alcalde
cuanto estimen justo respecto a los extremos que el mismo ha de
comprender, y hecho que sea todo ello dése cuenta al Ayuntamiento y Junta
pericial del indicado expediente para acordar lo que en justicia proceda.
Sesión ordinaria del día 3 de julio de 1904. El Alcalde manifestó
que una carta recibida del Diputado a Cortes por el Distrito D. Demetrio
Alonso Castrillo participaba su sentimiento para todos los damnificados de
esta localidad por el pedrisco del 22 de junio último, ofreciéndose desde
luego a gestionar cuanto le fuera posible para auxiliar a los
perjudicados. Enterados de ella los asistentes, por unanimidad acuerdan
tributar a dicho Sr. Diputado las más expresivas gracias y que el Sr.
Alcalde participe al mismo la satisfacción y consuelo que ha producido
dicha carta en esta villa, como así bien el testimonio más distinguido que
de su consideración y aprecio le profesa esta humilde Corporación.
Sesión extraordinaria del Ayuntamiento y Junta pericial del día 14 de
julio de 1904. Objeto: Dar cuenta del expediente instruido para
justificar los daños ocasionados en los sembrados de este término por el
pedrisco que tuvo lugar en la tarde del veintidós de junio último y
acordar en su consecuencia cuanto en derecho procediera en conformidad al
acuerdo tomado por los concurrentes en sesión extraordinaria del
veintiséis de dicho junio. El Sr. Presidente ordenó a mí el Secretario
diese lectura de las piezas justificativas y diligencias de que consta el
expediente siendo verificado en el acto y, una vez de enterados los
asistentes, dijeron hallarse conformes con todas las diligencias
practicadas y por tanto las aprobaban por unanimidad. En el acto se acordó
dirigirse por conducto de los Señores Gobernador Civil y Delegado de
Hacienda de la provincia en súplica a los Excmos. Sres. Ministros de la
Gobernación y de Hacienda para solicitar del primero fondos de los
presupuestos generales del Estado a fin de remediar a los contribuyentes
damnificados con el aludido pedrisco, los daños irrogados; y del segundo
la condonación de las contribuciones del presente ejercicio o moratoria en
su caso de las mismas y de las que correspondan en el primer semestre del
año próximo por dos o más años proponiendo al efecto cuanto queda dicho a
las Cámaras ya que son asuntos de su competencia.
Villafer
Sesión del 26 de junio de 1904
Se reúne la Corporación y miembros de la Junta pericial. Objeto: Hacer
presente al Ayuntamiento y Junta que a consecuencia de la fuerte tormenta
que descargó en este término municipal el día 22 del actual son de alta
importancia las pérdidas ocasionadas en los sembrados y demás cultivos y
aprovechamientos de los terrenos enclavados en esta jurisdicción según ha
podido apreciar por las noticias desconsoladoras que le han dado muchos
terratenientes y en tal concepto firmemente persuadido de que los daños
causados con tan terrible calamidad hacen subir por lo que respecta a
cereales a la cuarta parte o más de la cosecha, esta circunstancia coloca
al municipio en condiciones o mejor dicho en el deber de solicitar del
Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación se conceda a este pueblo alguna
subvención que tienda a remediar en parte a los contribuyentes
damnificados. Discutida ampliamente tan grave y transcendental cuestión,
todos los señores Concejales e individuos de la Junta pericial,
convinieron en la certeza de los hechos expuestos por el Sr. Presidente y
en la necesidad apremiante en que la municipalidad se hallaba de implorar
del Gobierno de S.M. se atienda a los contribuyentes perjudicados y a este
efecto de máxima conformidad se acordó: Que se proceda sin demora a
instruir el oportuno expediente en justificación de la calamidad acaecida
y daños que haya originado a todos los contribuyentes del término sin
distinción de vecinos y hacendados forasteros, llenando en él las
formalidades legales a cuyo fin queda facultado el Sr. Alcalde para
designar tres testigos que han de ser examinados a tenor de las desgracias
o calamidad venida y dos peritos prácticos por carecer de peritos
agrónomos en este pueblo y en los limítrofes que tasen los indicados daños
siendo de cuenta y cargo del presupuesto municipal los gastos que se
ocasionen y que una vez conocidos por el resultado de estas diligencias
los perjuicios de todos y cada uno de los terratenientes se formule la
consiguiente instancia al Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación en
solicitud de indemnización para remediar la desgracia sufrida acompañando
a la misma el expediente por conducto del Sr. Gobernador Civil a fin de
que con su informe y el del Sr. Delegado de Hacienda de la provincia se
digne elevar a dicha Excma. Autoridad.
El Alcalde, Zacarías Morán González. El Secretario, Perfecto Mañanes
Rueda.
3 de julio de 1904
Se acuerda que pase el Sr. Presidente a la Capital de la provincia para
que presente en el Gobierno Civil el expediente justificativo de los daños
causados por la tormenta que descargó en este pueblo el día 22 del actual.
|