Tormentas de verano

Son peligrosas, y temibles, las tormentas de verano. Cuando los frutos están en pleno desarrollo o a punto de ser recogidos, una repentina nubada puede llevarse por delante el trabajo y las ganancias de todo el año. El repique de campanas, las invocaciones a Santa Bárbara o el encendido de una vela eran, en otros tiempos, recursos habituales para ahuyentar las tormentas. Recuerdo al Sr. Saturio, sacristán de Villaquejida, subido a la vieja torre tocando las campanas en plena descarga de rayos y truenos. No sé si pasaría miedo el Sr. Saturio allá arriba, solo frente a la tormenta. Lo que sí sé es que el tañido de las campanas producía un cierto alivio en el vecindario. Y, efectivamente, en la mayor parte de los casos, la tormenta se alejaba sin dejar graves daños en el campo.
No ocurrió así la tarde del 22 de junio de 1904, de cinco a siete. A pesar del tañido de las campanas, de las súplicas a Santa Bárbara y de las muchas velas encendidas, una fuerte “lluvia de pedriscos” cayó sobre Villaquejida, Villafer y pueblos limítrofes, destrozando sembrados y viñedo en algunos pagos de estas localidades. Los Ayuntamientos de Villaquejida y Villafer se reunieron en sendas sesiones extraordinarias, celebradas en ambos casos cuatro días después, para acordar medidas urgentes que paliaran, al menos en parte, los daños ocasionados. Previa instrucción de los correspondientes informes, acuerdan solicitar “el oportuno auxilio para los damnificados como así bien la condonación o moratoria de las contribuciones en su caso por dos o más años”. No tengo constancia de los resultados de estas peticiones. En cualquier caso, el pedrisco del 22 de junio de 1904 dejó un triste y dramático recuerdo en las gentes de Villaquejida y Villafer.
Para quienes deseen conocer más a fondo las actuaciones de los Ayuntamientos de Villaquejida y Villafer con motivo de la tormenta de pedrisco del 22 de junio de 1904, les ofrecemos una copia de las sesiones en que se habla del tema.

Feliciano Martínez Redondo


Villaquejida

Sesión ordinaria del día 26 de junio de 1904. El Alcalde dio cuenta a la Corporación de haber dado permiso a los pastores para que los ganados que custodian entraran a pastar desde el día veintitrés del corriente en la pradera del común llamada la Isla fundándose para ello en que con motivo de las nubadas y pedriscos del día 22 se hacía preciso concederles tal permiso para atender a la subsistencia de tal ganadería. Igualmente se acordó que el Sr. Presidente ponga en conocimiento del Sr. Gobernador Civil de la provincia los daños y perjuicios ocasionados en este término por la piedra que cayó en la nubada del día 22 del actual.
El Alcalde, Miguel Fernández García. El Secretario, Florentino Cadenas Lozano.


Sesión extraordinaria del Ayuntamiento y Junta pericial del día 26 de junio de 1904. Objeto: acordar lo que en derecho proceda respecto a los daños y perjuicios ocasionados en los sembrados y viñedo de este término por consecuencia de la lluvia de pedriscos que tuvo lugar el día veintidós del corriente de cinco a siete de la tarde toda vez que los perjuicios que se notaban en las fincas de los humildes labradores de esta villa eran de consideración por lo que hacía a las radicantes en los distintos pagos de la Vega, Pedernales, Camino Blanco, Barrillino, Campillo y la Calera puesto que a su juicio consideraba perdida en su totalidad la cosecha de servendos o legumbres, cebada que estaba por segar y viñedo, suponiendo también casi perdida la de trigo que contenían las fincas radicantes en los pagos en que ocurrió el siniestro, por cuyas razones se estaba en el caso de impetrar del Gobierno de S.M. el oportuno auxilio para los damnificados como así bien la condonación o moratoria de las contribuciones en su caso por dos o más años de las que corresponden en el presente año y primero y segundo trimestre del próximo, pues todo se hacía de absoluta necesidad para la mayoría de los perjudicados en la desgraciada catástrofe. (...) Discutido ampliamente el asunto, por unanimidad los señores concejales e individuos de la Junta pericial acordaron lo siguiente: 1º Que se instruya el oportuno expediente en justificación de los daños irrogados por el pedrisco aludido a todos aquellos cultivadores a quienes alcanza tan terrible desgracia sin distinción de clases y personas con arreglo a las disposiciones vigentes. 2º Que el Sr. Alcalde designe de entre los vecinos de esta villa que no han sido perjudicados con el pedrisco los tres testigos que han de declarar en el expediente, como así bien tres peritos prácticos que auxiliados por el Secretario del Ayuntamiento formen la relación de los contribuyentes damnificados y justiprecien las pérdidas que a cada uno se le han irrogado toda vez que no existen en esta población peritos agrónomos. 3º Que se fije un edicto al público de esta villa igualmente que en la de Villamandos y Cimanes de la Vega como pueblos limítrofes para que los contribuyentes perjudicados presenten a los peritos que sean nombrados relación de las fincas cuyos frutos hayan sido destrozados con expresión de su cabida y especies que contenían el día del siniestro y que además indiquen a dichos peritos el sitio en que radican las fincas dándoles cuantos detalles y noticias juzguen éstos convenientes para su mejor y legal desempeño. Y 4º Que practicadas que sean todas las diligencias expresadas se dé traslado del expediente a los vecinos de los pueblos de Villamandos y Cimanes para que depongan ante el Sr. Alcalde cuanto estimen justo respecto a los extremos que el mismo ha de comprender, y hecho que sea todo ello dése cuenta al Ayuntamiento y Junta pericial del indicado expediente para acordar lo que en justicia proceda.

Sesión ordinaria del día 3 de julio de 1904. El Alcalde manifestó que una carta recibida del Diputado a Cortes por el Distrito D. Demetrio Alonso Castrillo participaba su sentimiento para todos los damnificados de esta localidad por el pedrisco del 22 de junio último, ofreciéndose desde luego a gestionar cuanto le fuera posible para auxiliar a los perjudicados. Enterados de ella los asistentes, por unanimidad acuerdan tributar a dicho Sr. Diputado las más expresivas gracias y que el Sr. Alcalde participe al mismo la satisfacción y consuelo que ha producido dicha carta en esta villa, como así bien el testimonio más distinguido que de su consideración y aprecio le profesa esta humilde Corporación.

Sesión extraordinaria del Ayuntamiento y Junta pericial del día 14 de julio de 1904. Objeto: Dar cuenta del expediente instruido para justificar los daños ocasionados en los sembrados de este término por el pedrisco que tuvo lugar en la tarde del veintidós de junio último y acordar en su consecuencia cuanto en derecho procediera en conformidad al acuerdo tomado por los concurrentes en sesión extraordinaria del veintiséis de dicho junio. El Sr. Presidente ordenó a mí el Secretario diese lectura de las piezas justificativas y diligencias de que consta el expediente siendo verificado en el acto y, una vez de enterados los asistentes, dijeron hallarse conformes con todas las diligencias practicadas y por tanto las aprobaban por unanimidad. En el acto se acordó dirigirse por conducto de los Señores Gobernador Civil y Delegado de Hacienda de la provincia en súplica a los Excmos. Sres. Ministros de la Gobernación y de Hacienda para solicitar del primero fondos de los presupuestos generales del Estado a fin de remediar a los contribuyentes damnificados con el aludido pedrisco, los daños irrogados; y del segundo la condonación de las contribuciones del presente ejercicio o moratoria en su caso de las mismas y de las que correspondan en el primer semestre del año próximo por dos o más años proponiendo al efecto cuanto queda dicho a las Cámaras ya que son asuntos de su competencia.


Villafer

Sesión del 26 de junio de 1904
Se reúne la Corporación y miembros de la Junta pericial. Objeto: Hacer presente al Ayuntamiento y Junta que a consecuencia de la fuerte tormenta que descargó en este término municipal el día 22 del actual son de alta importancia las pérdidas ocasionadas en los sembrados y demás cultivos y aprovechamientos de los terrenos enclavados en esta jurisdicción según ha podido apreciar por las noticias desconsoladoras que le han dado muchos terratenientes y en tal concepto firmemente persuadido de que los daños causados con tan terrible calamidad hacen subir por lo que respecta a cereales a la cuarta parte o más de la cosecha, esta circunstancia coloca al municipio en condiciones o mejor dicho en el deber de solicitar del Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación se conceda a este pueblo alguna subvención que tienda a remediar en parte a los contribuyentes damnificados. Discutida ampliamente tan grave y transcendental cuestión, todos los señores Concejales e individuos de la Junta pericial, convinieron en la certeza de los hechos expuestos por el Sr. Presidente y en la necesidad apremiante en que la municipalidad se hallaba de implorar del Gobierno de S.M. se atienda a los contribuyentes perjudicados y a este efecto de máxima conformidad se acordó: Que se proceda sin demora a instruir el oportuno expediente en justificación de la calamidad acaecida y daños que haya originado a todos los contribuyentes del término sin distinción de vecinos y hacendados forasteros, llenando en él las formalidades legales a cuyo fin queda facultado el Sr. Alcalde para designar tres testigos que han de ser examinados a tenor de las desgracias o calamidad venida y dos peritos prácticos por carecer de peritos agrónomos en este pueblo y en los limítrofes que tasen los indicados daños siendo de cuenta y cargo del presupuesto municipal los gastos que se ocasionen y que una vez conocidos por el resultado de estas diligencias los perjuicios de todos y cada uno de los terratenientes se formule la consiguiente instancia al Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación en solicitud de indemnización para remediar la desgracia sufrida acompañando a la misma el expediente por conducto del Sr. Gobernador Civil a fin de que con su informe y el del Sr. Delegado de Hacienda de la provincia se digne elevar a dicha Excma. Autoridad.
El Alcalde, Zacarías Morán González. El Secretario, Perfecto Mañanes Rueda.

3 de julio de 1904
Se acuerda que pase el Sr. Presidente a la Capital de la provincia para que presente en el Gobierno Civil el expediente justificativo de los daños causados por la tormenta que descargó en este pueblo el día 22 del actual.
 

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