Zonas de Vuelo de Ala Delta
 

Zonas de Vuelo de Ala Delta

Es la zona de vuelo empleada para la práctica de la enseñanza (ver Escuela. Zona de escuela).

Responsabilidad:
El vuelo de enseñanza en la zona de escuela será de responsabilidad de la escuela o escuelas que mantengan una relación con el propietario o las Autoridades de la zona, a través de contrato de alquiler, cesión de uso o similar.

Coordinación de vuelos:
El vuelo en la zona por otros alumnos y pilotos será coordinado por la escuela responsable.
Son zonas que por sus características de accesibilidad, aerología resultan adecuadas para la práctica habitual del vuelo en ala delta.

Catálogo de zonas

Corresponde a la Federación territorial correspondiente la elaboración de un catálogo de las Zonas de vuelo dentro de su ámbito territorial.
Catálogo nacional de zonas:
Corresponde a la Federación autonómica proponer a la Comisión Técnica Nacional de Ala Delta los lugares que estime deban ser reconocidos como Zonas de Ala delta.

Características

Para que un lugar sea reconocido como Zona de vuelo deberá reunir los siguientes requisitos:
- Disponer de unas condiciones agrológicas aptas para el vuelo en ala delta.
- Disponer de una zona de despegue accesible a pie, caminando por un tiempo no superior a cinco minutos desde el último punto accesible en coche.

- Disponer de una zona de aterrizaje amplia y suficiente, sin obstáculos.
- Disponer de los permisos oportunos de los propietarios de despegues y aterrizajes.
- No existir impedimento de las autoridades locales, autonómicas o nacionales para la práctica del ala delta.
- Disponer de un plan de rescate y evacuación de heridos, en el que se incluyan los organismos responsables con sus direcciones y teléfonos de urgencia.

Será responsabilidad del club o clubes que practiquen habitualmente el vuelo de la zona. Cada Federación territorial determinará los Clubes y Escuelas responsables del control del vuelo en cada una de las Zonas. El control se referirá al uso de la zona en condiciones de seguridad y nunca podrá considerarse como control cualquier actividad tendente a limitar espacio y actividad en condiciones de desigualdad o restricción de libertad de vuelo, salvo condiciones justificadas de seguridad.

El control del vuelo en cada zona se realizará mediante


- La elaboración de paneles informativos.
- El asesoramiento a pilotos noveles o visitantes de las condiciones del vuelo en la zona.
- La recomendación de no volar la zona en condiciones de vuelo peligrosas.
- La elaboración, en caso de accidente, de un parte sobre las circunstancias en que se hubiera producido.
Paneles de las zonas de vuelo: Las zonas de vuelo contarán con paneles informativos sobre las condiciones de vuelo.
Los paneles contarán como mínimo con la siguiente información
- Lugares de despegue y aterrizaje.
- Desnivel.
- Limitaciones al vuelo.
- Actuación en caso de accidente.
- Situación de las condiciones de vuelo en las diferentes estaciones y horas del día.
 
Zonas de Vuelo de Ala Delta
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